Al igual que en España, existe la figura de la pensión de alimentos o pensión alimenticia en Francia. Por lo tanto, desde Verdegay Abogados, concretamente desde el departamento francés del despacho, dirigido por Alexis Duc Dodonabogado francés en España, queremos explicar en qué consiste la pensión de alimentos en Francia y en qué casos se da.

Para comenzar, es importante resaltar que, normalmente, en los casos de divorcio en Francia, la pensión alimenticia corresponde a aquel que no tiene de manera habitual la guarda y custodia de los menores.

Asimismo, la pensión alimenticia es una suma que debe abonar el progenitor que no tenga la guarda y custodia de los menores al progenitor que resida de manera habitual con ellos. De esta manera, la pensión alimenticia permite ejercer el deber de alimentos del padre que tras el divorcio o la separación que no se encarga de manera directa, en el día a día, de los menores.

Pero ¿Quién tiene derecho a pensión alimenticia? Hay diferentes situaciones para las que una persona puede estar obligado a tener que pagar una pensión alimenticia a otra persona de su familia:

1. Uno de los cónyuges al otro:

  • Durante el matrimonio si uno de los cónyuges no contribuye lo suficiente a los gastos del hogar.
  • En caso de separación de hecho o separación judicial
  • Tras el divorcio en algunos casos

2. De padres a hijos:

  • En caso de separación de hecho o separación judicial (el progenitor que deberá pagar la pensión es aquel que no tenga la guarda y custodia habitual de los menores)
  • Tras el divorcio (el progenitor que deberá pagar será a que no tenga la guarda y custodia habitual de los menores)

3. De abuelos a nietos mientras que los padres no tengan medios para manutener a sus hijos

4 . Los descendientes a sus padres o a sus abuelos en situación de necesidad

5. Los suegros, los yernos y las nueras

Por otro lado, los miembros de la familia se encuentran vinculados entre sí por una relación de solidaridad y deben ayudarse mutuamente, por lo tanto, la pensión alimenticia es una forma en que alguien puede ayudar financieramente o en especie a un familiar cercano que lo necesite.

Asimismo, por Ley, la manutención de los hijos no solo concierne a los niños. En algunas situaciones, la manutención infantil se paga a los padres, los abuelos a los hijos, los yernos a los padrastros, etc., pero lo normal es que en la mayoría de los casos la pensión sea percibida por los menores ante una situación de separación o divorcio.

Procedimiento de pensión de alimentos:

En caso de divorcio, la cuestión de la pensión alimenticia se plantea durante el proceso, de este modo, si los padres acuerdan la cantidad de  la manutención, deberán redacta y firmar conjuntamente un acuerdo de paternidad. Luego se lo entregarán al juez del tribunal de familia, quien lo aprobará.

Si los padres no están de acuerdo en la cantidad de manutención (situación que no es para nada extraña), será el juez quien determine la cantidad de la manutención.

Por otro lado, en cuanto a los  pagos , estos deberán comenzar a efectuarse una vez que el juez dicte el divorcio.

Sin embargo, a menudo uno de los cónyuges debe pagar la pensión alimenticia durante el proceso de divorcio. En tales casos, la cuantía de la pensión es determinada por el magistrado como parte de las medidas provisionales de la orden de no conciliación.

Pensión alimenticia tanto para menores como para mayores de edad:

Los niños son los principales beneficiarios de la pensión alimenticia, aunque rara vez la  reciben directamente. La mayoría de las veces es el progenitor con quien residen los hijos el que recibe el apoyo por parte del otro.

El derecho de un niño a recibir una pensión alimenticia no cesa en su mayoría de edad. El criterio que se tiene en cuenta para determinar si un niño tiene o no derecho a una pensión alimenticia no es la edad sino la independencia financiera.

Del mismo modo, a los niños financieramente autosuficientes se les puede negar o dejar de pagar la manutención. Estos casos son relativamente limitados, no obstante, existen. Sin embargo, un niño de edad que no es financieramente independiente puede beneficiarse de la pensión alimenticia (por ejemplo, los niños que siguen una educación superior).

En todos los casos, las solicitudes relacionadas con la pensión alimenticia (solicitud de pago, solicitud de suspensión, solicitud de eliminación, solicitud de revisión, etc.) siempre se hacen ante el juez de la corte de familia, conociendo dicho juez del asunto siempre por iniciativa de uno de los progenitores.

La cantidad de la pensión alimenticia:

La cantidad de la pensión alimenticia de media es la cantidad correspondiente al 10% del salario neto del progenitor que debe pagarla.

Asimismo, para el cálculo de la pensión alimenticia se tienen en cuenta varios parámetros como el numero de hijos, la situación financiera del progenitor que debe abonarla, la diferencia del nivel de vida entre los esposos, las necesidades especificas de los niños…

Es en virtud de esto que la cantidad de la pensión alimenticia puede variar de manera considerable.

Asimismo, en relación con la cantidad de la pensión alimenticia:

  • En Francia se paga alrededor de 170€ por niño en casa de guarda y custodia alternada entre ambos progenitores (cerca de un 15%)
  • 172€ por niño en caso de que la residencia principal del niño sea con la madre (aproximadamente un 80% de los casos)
  • 118€ por niño en caso de que la residencia principal del menor sea con el padre (aproximadamente un 5% de los casos)

En todos los casos, la cantidad media de la pensión alimentaria es por lo tanto inferior a 200€ por niño.

En caso de  guarda y custodia compartida, la pensión alimenticia debe abonarse en el 23% de los casos de divorcio. En los casos en que la madre dispone de la guarda y custodia de los niños (guarda exclusiva), el padre suele pagar la pensión alimentaria en el 83% de los casos. No obstante, cuando los niños residen con el padre, o es el padre quien tiene la guarda y custodia de los mismos, la madre abona la pensión alimenticia en el 36% de los casos.

Por otro lado, en cuanto a los deberes y derechos de los cónyuges en cuanto a la pensión alimenticia, la Ley estipula lo siguiente:

Artículo 203 del “Code Civil”: los esposos por le solo hecho del matrimonio, contraen la obligación de alimentar, mantener y educar a los hijos.

Asimismo, el artículo 373.2 del mismo código legal establece que en caso de separación de los padres o entre ellos y el niño, la contribución a su manutención y a su educación, tomará forma de pensión alimenticia, desembolsada, dependiendo del caso, de un progenitor a otro, o por la persona a que se encargue del niño.

De forma general, los ascendientes del menor tienen la obligación de proporcionar alimentos a sus descendientes, lo que significa que si uno de los progenitores no contribuye, por falta de recursos suficientes, los abuelos podrán ser designados como encargados de dicha pensión.

Finalmente, si el cónyuge o el progenitor que debe hacerse cargo y abonar la pensión, no cumple con su obligación mensual en un periodo de dos meses, estará cometiendo una infracción: delito de abandono de familia, el cual está penado con hasta 2 años de prisión y 15.000 euros de multa.

En virtud de lo expuesto, hay que concienciar a los progenitores que deban pagar una pensión alimenticia de que deben cumplir con esta obligación ya que de lo contrario estarían incurriendo en un delito.

Alexis Duc Dodon
Avocat à la Cour (Paris) – Abogado (Madrid)
Verdegay Abogados

add@verdegay.fergatech.es
Tel +34 91 446 80 00 Fax. +34 91 446 84 14
Paseo de Eduardo Dato, 23 28010 Madrid